COMEX INCREMENTA CUOTA PARA COMPRAS EXTERNAS DE CELULARES A 250 MILLONES DE DÓLARES EN 2016 QUE INCLUYE AUTORIZACIÓN DE IMPORTACIÓN PARA PERSONAS NATURALES
El Comité de Comercio Exterior, COMEX, en sesión plenaria de 30 de
diciembre de 2015, adoptó las resoluciones 049-2015 y 051-2015 referidas
respectivamente a la importación de teléfonos celulares y a la
importación de CKD de celulares para su ensamblaje en Ecuador.
Sobre lo primero, el Comex estableció una cuota global para la
importación de teléfonos celulares para el 2016 equivalente a $
250´000.000 en valor FOB que no podrá superar la cantidad de 2´663.762
unidades entre los llamados Smartphone, Feature phones y dispositivos
para otras redes inalámbricas.
La cuota global establecida será distribuida en cuatro cupos
trimestrales de importación (enero-marzo/abril-junio/julio-septiembre y
octubre-diciembre) cuyos saldos no utilizados serán acumulables hasta el
31 de diciembre de 2016.
La resolución autoriza, dentro de la misma cuota global, la
importación de un dispositivo telefónico nuevo al año por cada persona
natural con su respectivo documento de identidad, a través de los
servicios de correo o mensajería internacional, o su ingreso por las
salas de arribo internacional de pasajeros, pasos fronterizos o puertos
marítimos.
La disposición no afecta a los teléfonos celulares considerados como
efecto personal de viajero, comprendido en la disposición respectiva del
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, SENAE.
El objetivo de esta medida es ampliar el acceso de los consumidores a
dispositivos celulares en las mejores condiciones de precio y calidad.
En su segunda resolución, en el marco de la política de fomento
productivo -considerando el objetivo nacional de profundizar el acceso a
la tecnología digital y de comunicación- el COMEX decidió reducir el
arancel de las importaciones de CKD del 3% al 1% en beneficio de la
producción local de dispositivos celulares.
Adicionalmente, el Comité de Política Tributaria analizará la
posibilidad de autorizar como crédito tributario para este sector el
pago del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).
